Fundamento legal del Comité de Salud y Seguridad en el Trabajo.
¿Cuál es el
fundamento legal del Comité de Salud y Seguridad en el Trabajo?
El Comité de Seguridad y Salud Laboral estará destinado a
consultar regularmente programas, políticas y demás aspectos en materia de
seguridad y salud en el trabajo. Además, serán los encargados de vigilar las
condiciones de seguridad y salud laboral, con el objetivo de crear ambientes de
trabajo seguros, y que de esta manera se pueda proteger el talento humano de
las organizaciones.
Atribuciones del Comité de Seguridad y Salud
Laboral:
Según el artículo 47 de la LOPCYMAT (2005), las
atribuciones que tiene el Comité de Seguridad y Salud Laboral son las
siguientes:
1. Participar
en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación del Programa de
Seguridad y Salud en el Trabajo. A tal efecto, propone los proyectos en materia
de planificación, organización del trabajo e introducción de nuevas tecnologías,
organización y desarrollo de las actividades de promoción, prevención y
control, así como de recreación, utilización del tiempo libre, descanso,
turismo social, y dotación, mantenimiento y protección de la infraestructura de
las áreas destinadas para esos fines.
2. Promover
iniciativas sobre métodos y procedimientos para el control efectivo de las
condiciones peligrosas de trabajo, proponiendo la mejora de los controles
existentes o la corrección de las deficiencias detectadas.
Facultades
del Comité de Seguridad y Salud Laboral:
Según el artículo 48 de la LOPCYMAT (2005), las
atribuciones que tiene el Comité de Seguridad y Salud Laboral son las
siguientes:
1. Aprobar
el proyecto de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa y la
vigilancia de su cumplimiento para someterlo a la consideración del Instituto
Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.
2. Vigilar
las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y conocer directamente la
situación relativa a la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades
ocupacionales y la promoción de la seguridad y salud, así como la ejecución de
los programas de la recreación, utilización del tiempo libre, descanso, turismo
social, y la existencia y condiciones de la infraestructura de las áreas
destinadas para esos fines.
3. Supervisar
los servicios de salud en el trabajo de la empresa.
4. Prestar
asistencia y asesoramiento al empleador(a) y a los trabajadores(a).
5. Conocer
cuántos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo sean
necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de
la actividad del servicio de prevención.
6. Denunciar
las condiciones inseguras y el incumplimiento de los acuerdos que se logren en
su seno en relación a las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
7. Conocer
y analizar los daños producidos a la salud, al objeto de valorar sus causas y
proponer las medidas preventivas.
8. Conocer
y aprobar la memoria y programación anual del Servicio de Seguridad y Salud en
el Trabajo.
Razón de ser
La razón de ser del comité
de salud y seguridad en el trabajo en Venezuela es garantizar el derecho de los
trabajadores a un ambiente de trabajo seguro y saludable, así como prevenir los
riesgos laborales y proteger la vida e integridad de los trabajadores. Además,
busca promover la participación activa de los trabajadores en la
identificación, prevención y control de los riesgos laborales, así como
asegurar el cumplimiento de las normas y regulaciones en materia de salud y
seguridad ocupacional.
Zulimar Rangel
V-28.296.042
Referencia:
Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT). Gaceta Oficial Nº 38.236 Extraordinario; 26 de julio de 2005. Obtenido de: https://www.medicinalaboraldevenezuela.com.ve/archivo/LOPCYMAT.pdf
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